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Finanzas públicas
Pasivo de corto plazo / Ingresos de libre disposición
2.8 %
2-2025
Meta: mantener una tasa menor o igual a 15%
Definición: porcentaje de pasivo de corto plazo respecto de los ingresos de libre disposición
Pasivo de corto plazo: son las obligaciones con proveedores, contratistas de obra y entidades en un plazo no mayor de un año
Ingresos de libre disposición: son la suma de los ingresos propios por impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos y aprovechamientos, más los ingresos derivados de la adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en los términos que establece la Ley de Coordinación Fiscal y, en su caso, los que corresponden al Sistema Estatal de Coordinación Fiscal
Relevancia
Los pasivos de corto plazo deben ser transitorios y no generar cargas adicionales en un plazo menor de un año. El exceso de financiamiento puede comprometer los presupuestos de egresos y limitar el otorgamiento de los servicios municipales. Es deseable que los pasivos de corto plazo sean menores o iguales al 15% de los ingresos de libre disposición.